Se aprobó una contrarreforma a la Ley de Telecomunicaciones con tintes electorales, advierte Jorge Fernando Negrete

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Alberto Cuenca Reportero en Capital CDMX

Ciudad de México.- En abril pasado y a punto de concluir el periodo ordinario de sesiones de la Cámara de Diputados, los legisladores aprobaron una polémica contrarreforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) en materia de derechos de las audiencias que, a decir de sus detractores como el especialista Jorge Fernando Negrete, representa uno de los peores ataques al Estado de derecho que se han visto en los últimos años usando como pretexto la libertad de expresión.

El presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) es particularmente duro al señalar las consecuencias de esa contrarreforma. La califica como una invitación a generar corrupción, por el hecho concreto de que esta modificación permite a los concesionarios de la radio y la televisión regresar al modelo de publicidad encubierta, disfrazada de información, para hacer promoción política y en franca violación a la Constitución federal.

“Lo que en un principio parecía una ingenuidad incluso legitima, debatible, que es el párrafo tercero del artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones que establece la necesidad de diferenciar entre opinión y editorial, la verdad de las cosas es que se querían desmantelar las competencias del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para que todos los temas de publicidad comercial entre los concesionarios de la radiodifusión no fueran supervisados por ninguna autoridad”, acusa Negrete.

Así, para el también presidente ejecutivo de la consultora Mediatelecom Policy and Law, la contrarreforma a la LFTR tiene tintes electorales, toda vez que se quiere regresar al modelo en el cual los comentarios editoriales de periodistas o trabajos supuestamente informativos realizados por los concesionarios de la radio y la tv, puedan ser pagados por los partidos políticos,  “por eso es que de manera tan eficiente se puedo ver a varios partidos coordinarse muy rápidamente y generar esta contrarreforma”, critica.

Entrevistado por Capital CDMX, Negrete explica que al permitir ese mecanismo de publicidad encubierta, los diputados promotores de ese cambio legal como el panista Federico Döring y la pevemista Lía Limón, dejan abierta la puerta para que los radiodifusores interpreten a su gusto y violen la Constitución federal, la cual prohíbe expresamente en el artículo sexto, inciso B, párrafo cuarto, la venta de ese tipo de publicidad.

En su esencia, ese cambio a la LFTR deroga la obligación que tenían los concesionarios de la radio y la televisión a diferenciar con claridad la información noticiosa de la opinión, además de que los radiodifusores podrán elegir libremente al defensor de sus audiencias sin que tengan la obligación de rendir informes al órgano regulador, lo que le resta facultades al IFT.

Cuando a finales de abril subió a tribuna para fundamentar el dictamen, que se aprobó en lo particular con 208 votos en pro, 192 en contra y nueve abstenciones, la legisladora Lía Limón destacó que con esa reforma se perfecciona el marco jurídico que regula los derechos de las audiencias para hacerlos compatibles con los de la libertad de expresión y manifestación libre de las ideas.

Sin embargo, para Jorge Fernando Negrete, el tema no es tan simple. “Los concesionarios tienen derecho a vender la publicidad que quieran en los términos de la ley e incluso pueden vender publireportajes si indican que eso es un reportaje pagado; pero tienen que decirlo, que es un reportaje pagado, lo que no se puede es engañar a las personas, porque aquí viene la otra parte, que es el derecho de los ciudadanos a recibir información veraz y oportuna, y lo veraz quiere decir que esa información es cierta y no pagada”, explica.

Lamenta que los diputados hayan utilizado la bandera de la libertad de expresión para cabildear esa reforma, porque lo que sucedió es que se pidió respetar los derechos de los concesionarios, en contra de los derechos de la sociedad mexicana a recibir información veraz y oportuna. Es ahí cuando subraya que la libertad de expresión no es un derecho absoluto.

“Lía Limón y Federico Döring, con una impecable argumentación jurídica en la tribuna, defienden la libertad de expresión, pero concluyendo con una agresión a la libertad de expresión. Usando algunos de los mejores recursos en tesis internacionales en materia de libertad de expresión sustentan lo contrario. Debieron haber concluido exactamente que no tenían la razón; lo que están defendiendo a ultranza es la libertad de expresión, el ejercicio y la defensa de la libertad de los concesionarios en contra de los ciudadanos. Eso es un abuso y un ataque al ejercicio de la libertad de información de los ciudadanos”, expone el presidente de la AMEDI.

Negrete considera que los legisladores promoventes intentarán forzar los tiempos para que en el Senado de la República, donde la modificación llegó en forma de minuta, se apruebe esta contrarreforma antes de iniciarse el año electoral. No obstante, confía en que en la Cámara alta prevalecerá la sensatez de sus integrantes y no prosperarán estos cambios a la LFTR.

En caso contrario, dice que sería posible interponer una controversia constitucional en contra de la modificación a la LFTR, pues la misma es violatoria del artículo sexto de la Carta Magna.

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