Es posible deducir IVA por combustibles

Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede devolver el IVA de las gasolinas a las personas físicas que cobran por honorarios, con actividad empresarial, o que se encuentran en el régimen de arrendamiento o RIF, así refirieron especialistas a El Financiero.

Juan Manuel Franco, socio de Impuestos de BDO Consultores, explicó que para que esto ocurra, los contribuyentes deben solicitar factura cuando carguen el combustible, pagar con medios electrónicos como cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o utilizar un monedero electrónico de combustibles autorizado por el SAT. 

Asimismo, deben garantizar al fisco que el gasto en gasolinas es indispensable para realizar sus actividades laborales.

Para que la devolución de impuestos se garantice, es necesario que los contribuyentes interesados presenten un estricto control e informen de los gastos de manera mensual al fisco, según refirió Hugo Luna al periódico especializado en finanzas.

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